Existen dos tipos de sanciones por alcoholemia: administrativas y penales.
- Las sanciones administrativas proceden para infracciones muy graves, es decir, una tasa superior a 0,25 mg por litro en aire expirado y hasta 0,60 mg por litro, o bien superior a 0,50 gramos por litro en sangre y hasta 1,2 gramos. La sanción que corresponde es una multa de 500 euros y la pérdida de cuatro a seis puntos del carnet de conducir.
- Las sanciones penales corresponden a un delito contra la seguridad vial, es decir, cuando la tasa de alcohol es superior a 0,60 mg por litro en aire expirado o 1,2 gramos por litro en sangre. Las penas correspondientes son prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o la realización de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Ello junto a la privación en cualquiera de los tres casos, del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante uno y hasta cuatro años.